Derecho Laboral – Se avala la instalación de cámaras de vigilancia en los centros de trabajo, siempre y cuando no violen el derecho a la intimidad.

Derecho Laboral – Se avala la instalación de cámaras de vigilancia en los centros de trabajo, siempre y cuando no violen el derecho a la intimidad.

De interés para nuestros clientes resulta el voto 11353-2014 de la Sala Constitucional, en el que se avaló la instalación de cámaras en los centros de trabajo. De acuerdo con el razonamiento de la Sala Constitucional se consideró que en el tanto las cámaras estén ubicadas en zonas de uso público, que no sean zonas sensibles (p.e. baños o vestidores), y que no graben el audio de conversaciones privadas, no existe violación a derecho constitucional alguno.

Descargar: Res. Nº 2014011353

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