Impuesto a las personas jurídicas declarado inconstitucional. Debo pagar?
En enero de 2015, la Sala Constitucional declaró inconstitucional el impuesto a las personas jurídicas. De acuerdo con la decisión de la Sala, este impuesto debe ser pagado en el 2015, pero no será sino hasta el 2016 que todas las personas jurídicas quedarán liberadas de esa obligación. Acaso significa eso que el impuesto es constitucional en el 2015 y que, en forma anticipada se declara que en el 2016 será inconstitucional? No vemos lógica en ese razonamiento, ya que el impuesto es constitucional o no, ello no depende del tiempo. En consecuencia, consideramos que tras el pronunciamiento de la Sala Constitucional, ya no hay obligación de pagar el impuesto en el 2015. Por supuesto, es de esperarse que el Gobierno siga cobrándolo y que cualquier disputa buscando no pagarlo resulte al final más costosa que simplemente pagar. En caso de que requiera más información, contáctenos a info@navaslaw.com




